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Nueva Ley de Turismo pasa ahora a sanción presidencial

COTELCO CELEBRA APROBACIÓN DE LA REFORMA A LA LEY 300 DE TURISMO EN EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

“La aprobación de la Nueva Ley de Turismo es un logro importante en el desarrollo del sector turístico en Colombia, ya que contribuye a aumentar la competitividad, el mercadeo y la promoción de Colombia como uno de los principales destinos a nivel internacional”: Presidente de COTELCO.

"Con esta nueva legislación aspiramos a tener recursos cercanos a los 12 millones de dólares lo que se traducirá en beneficio de los colombianos, las regiones y los distintos destinos turísticos del país”: Jaime Alberto Cabal"

Bogotá, D.C. 4 de octubre de 2006.- Con gran optimismo, satisfacción y con amplias expectativas para la promoción de Colombia y la buena imagen de los colombianos en el exterior, recibió el sector turístico y hotelero la aprobación de la reforma a la Ley 300 de turismo en el Congreso de la República.

Después de varios debates e intensas jornadas legislativas en el parlamento entre el Gobierno, el Congreso y los gremios turísticos del país, la nueva Ley de Turismo pasa ahora a sanción presidencial.

Con la aprobación del proyecto, el país quedó a las puertas de contar con una Ley de Turismo que permita potencializar este importante sector de la economía. La iniciativa permitirá incrementar el monto de los recursos destinados a la competitividad, al mercadeo y a la promoción de la actividad turística.

Para el Presidente de la Asociación Hotelera de Colombia (COTELCO), Jaime Alberto Cabal Sanclemente, la aprobación del proyecto en el Congreso constituye un importante avance no sólo en el desarrollo del turismo y la imagen del país, sino también en el aporte a la economía colombiana.

“La aprobación de la Nueva Ley de Turismo es un logro importante en el desarrollo del sector turístico en Colombia, ya que contribuye a aumentar la competitividad y la promoción de Colombia como uno de los principales destinos a nivel internacional”, precisó.

La nueva Ley, que sigue su curso para la firma presidencial, busca incrementar los recursos destinados a la competitividad, al mercadeo y a la promoción de la actividad turística. Así mismo, amplía la base de aportantes de la contribución parafiscal manejada por el Fondo de Promoción Turística (FPT), contribución que actualmente está a cargo exclusivamente de las agencias de viajes, hoteles y restaurantes turísticos.

La normatividad contempla el cobro de un impuesto a las personas naturales no residentes en Colombia que ingresen al país por vía aérea, cuyo monto será recaudado por las aerolíneas que realicen vuelos internacionales hacia Colombia.

“La nueva norma ratifica el posicionamiento del Turismo Colombiano en el extranjero y nos brinda valiosas herramientas para continuar compitiendo con calidad y eficiencia en materia turística ante países vecinos como Costa Rica, República Dominicana, Venezuela y Panamá, entre otros. Estamos seguros que esta Ley contribuirá al fortalecimiento del turismo colombiano, la consolidación de la buena imagen de los colombianos y el fortalecimiento de nuestras instituciones”, ratificó el dirigente gremial.

Países como México destinan 79,4 millones de dólares; República Dominicana US $27 millones; Perú US $21,3 millones; Venezuela US $13,4 millones y Guatemala US $10,6 millones. De acuerdo a este índice Colombia se encuentra actualmente muy por debajo de promedio de recursos que destinan en promedio todos los países miembros de la Organización Mundial de Turismo con tan solo US $1,9 millones.

“Esta mayor inversión que tendrá Colombia a partir de la entrada en vigencia de la nueva Ley, debe verse reflejada en un mejoramiento e incremento de la afluencia de turistas internacionales al país, calidad en la prestación de servicios y promoción de todas las regiones turísticas colombiana”, subrayó Cabal Sanclemente.

Para el dirigente gremial, el país tiene excelentes ventajas comparativas con otros países en cuanto su biodiversidad, escenarios naturales y patrimonio histórico, arqueológico y cultural. En cuanto el recurso humano, el presidente de COTELCO manifestó que es fundamental capacitar en estrategias de promoción, en atención a los turistas y en el manejo de un segundo idioma a quienes directamente contactan a extranjeros que desean visitar el país.

Cabal destacó factores que han contribuido al mejoramiento del turismo en el país y a la competitividad, mercadeo y buena promoción de las regiones colombianas.

“La política de seguridad democrática del Gobierno ha facilitado que más viajeros nacionales y extranjeros lleguen a las regiones; la amabilidad propia de los colombianos y la especial acogida que hacen los hoteles, los hospedajes turísticos y las fincas campestres, entre otros, ha sido fundamental a la hora de promover el turismo”, aseguró.

La norma también establecerá un gravamen a la “parahotelería”, cuando los ingresos superen anualmente los 20 millones de pesos. El propósito es combatir la prestación ilegal de servicios turísticos, cuyos dueños y representantes se lucran del sector sin aportar rubro alguno al fisco nacional.

“Estamos manifestando que así como se incrementaron los aportes a los prestadores legales de servicios turísticos, también quienes de forma ilegal operan a través de apartamentos en regiones como la Costa Atlántica, aporten a los recursos de la nación y no evadan su responsabilidad con el turismo”, manifestó.

Por otra parte, la nueva Ley faculta al Viceministerio de Turismo para imponer sanciones a los prestadores de servicios turísticos que hayan sido sancionados tres veces por diferentes aspectos. La norma aduce que quienes incumplan, infrinjan o adulteren servicios con engaño al turista sean sancionados para ejercer sus actividades por 5 años.

Entre otros aspectos, la norma reconocerá como nuevos aportantes a quienes obtienen reconocidas ventajas del desarrollo de la actividad turística en el país como son: las empresas dedicadas a la operación de actividades turísticas tales como canotaje, balsaje, espeleología y escalada; los operadores profesionales de congresos, ferias y convenciones; los arrendadores de vehículos para turismo nacional e internacional; los usuarios operadores, desarrolladores e industriales en zonas francas turísticas.

De igual forma deberán aportar las empresas promotoras y comercializadoras de proyectos de tiempo compartido y multipropiedad; los centros terapéuticos o balnearios que utilizan con fines terapéuticos aguas, minero-medicinales, tratamientos termales u otros medios físicos naturales.

También las empresas captadoras de ahorro para viajes y de servicios turísticos prepagados; los jardines botánicos, zoológicos y parques temáticos.

Al igual que los concesionarios de aeropuertos y carreteras; las empresas de transporte aéreo, marítimo, fluvial y terrestre excepto el transporte urbano; los casinos; los demás concesionarios de servicios turísticos en parques nacionales; los centros de convenciones; las empresas de seguros de viaje y de asistencia médica en viaje; y las sociedades portuarias orientadas al turismo o puertos turísticos.

La norma busca entre otros aspectos, facilitar los trámites de los operadores turísticos pasando el manejo del Registro Nacional de Turismo a las Cámaras de Comercio; el cambio de autoridad para el ejercicio del régimen sancionatorio con miras a proteger al consumidor; la profesionalización de los guías de turismo y el fomento del turismo de extranjeros, a través de la devolución del impuesto sobre la renta en casos predeterminados.

Texto: Cotelco

 

 






   
 
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